De acuerdo con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, todas las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos. Esta responsabilidad va más allá del mero hecho de abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros, sino que requiere la adopción de medidas proactivas para prevenir y reparar los efectos perjudiciales de sus actividades. El mecanismo prescrito en los Principios Rectores para que las empresas pongan en práctica su responsabilidad de respetar es la diligencia debida en derechos humanos, que constituye un proceso continuo de gestión mediante el cual una empresa aborda las consecuencias negativas que pueda generar para los derechos humanos en el contexto de sus operaciones y productos y en todas sus relaciones comerciales. No obstante, ante la escasa implementación voluntaria de este proceso, recientemente han emergido o están en elaboración marcos jurídicos de diligencia debida obligatoria. En Europa, hay un impulso particular hacia la creación de este tipo de normas, con leyes ya adoptadas en países como Francia, Alemania, los Países Bajos y Noruega. Así, esta obra colectiva pretende ofrecer una panorámica de conjunto de la debida diligencia obligatoria en derechos humanos, desde el análisis jurídico preciso del contexto normativo, integrando propuestas constructivas hacia el futuro que está por venir en Europa y en América Latina, y hasta incluso abarcar el estudio de la casuística más reciente y relevante en la materia.