Si observamos el desarrollo exponencial que durante esta última década se ha producido como consecuencia de las actividades de los Estados en el espacio ultraterrestre, cabe reflexionar sobre cuáles deberían ser los límites que imponga el Derecho Internacional, con el fin de evitar un deterioro de los recursos naturales que se albergan en los cuerpos celestes y sus órbitas.
Hay que tener en cuenta que estamos ante recursos naturales limitados y que, de acuerdo con las normas internacionales, de las que hasta el presente se ha dotado la Comunidad Internacional, se debería proteger el “interés general de la humanidad”, tal como se desprende de los cinco tratados que conforman el Corpus Iuris Spatialis.
La explotación de los recursos de los asteroides presenta ventajas e inconvenientes. Sin duda, ventajas económicas, pero también el peligro que supone para el equilibrio ecológico una desmedida explotación en beneficio de las empresas privadas o de las grandes potencias.
En este sentido se reclama por parte de la Comunidad internacional la creación de una Organización Internacional del Espacio que controle la explotación ordenada y ecológica de los recursos existentes en el espacio ultraterrestre.